OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2026

OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA EL AÑO 2026

Ayuntamiento de Alcolea

Secretaría

Empleo Público - Oferta de Empleo - 2026

Publicado: 22/04/2026
Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 31/03/2026, en cumplimiento del Instrumento de Planificación Plurianual para la reducción de la temporalidad del empleo público en el Ayuntamiento de Alcolea aprobado mediante acuerdo de Pleno de fecha 05/12/2025 en el que se ha realizado consulta previa con los sindicatos más representativos a nivel provincial, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público para el año 2026, correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan:


PERSONAL LABORAL:
GRUPO DE CLASIFICACIÓN
CATEGORÍA LABORAL / DENOMINACIÓN
JORNADA
VACANTES
MOTIVACION
E
Operario de Servicios Múltiples
COMPLETA
1
Jubilación 2025
A2
Educador Escuela Infantil
COMPLETA
1
Art. 20.Dos.2 y 4 Ley 31/2022

Lo que se publica en cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Anuncio publicado en BOP de Almería de fecha 21/04/2026.

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